La suspensión de Mr. Niebla: No solo a él deberían sancionarlo

La semana pasada nos enteramos de que la Comisión de Lucha Libre Profesional de la Ciudad de México ha suspendido la licencia de Mr. Niebla, por haber subido en condiciones no aptas al ring, una sanción que obedece a lo establecido en un reglamento, pero que arroja otras interrogantes al respecto.

Mr. Niebla fuera de la función del 85 Aniversario

Y no se trata de suposiciones, tampoco se trata de meras conjeturas. Vámonos al punto real, que es la del cumplimiento del Reglamento Técnico de la Comisión.

CAPÍTULO IX

LUCHADORES PROFESIONALES

Artículo 29.- Todo luchador que se presente en el Distrito Federal, deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

IV.- No podrá participar en la función si presenta ebriedad, aliento alcohólico, o bajo el influjo de drogas, estupefacientes o enervantes, para lo cual será revisado por el comisionado y médico en turno.

De aquí, podemos observar que efectivamente, el luchador Mr. Niebla incumplió de manera voluntaria o no, con este punto del reglamento, y por supuesto, como se dijo, es sujeto a  una sanción, ahora veamos que dice el mismo reglamento técnico al respecto.

CAPITULO XIII

SANCIONES

Artículo 66.- Esta comisión está facultada para que quien infrinja este reglamento se haga acreedor a las siguientes sanciones:

A. Amonestación verbal o por escrito

B. Suspensión temporal del infractor de 10 a 365 días

C. Cancelación indefinida de la licencia del infractor

Para la imposición de las presentes sanciones se tomará en cuenta las condiciones personales del infractor, así como las circunstancias en que se dieron los hechos.

El caso de Mr. Niebla no es el primero en donde en una función del Consejo Mundial de Lucha Libre, un elemento sube en mal estado. Y no solo en la Arena México, por lo que también, el reglamento técnico habla al respecto:

Artículo 68.- Los árbitros y promotores que no cumplan lo previsto en el presente reglamento se harán acreedores a la sanción que ésta Comisión en pleno juzgue conveniente.

Artículo 69.- Los promotores que reincidan en conductas que contravengan las disposiciones del presente reglamento serán sancionados con la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA temporalmente o la cancelación de la misma.

Hasta ahora —y al parecer así seguirá—el único sancionado ha sido el luchador. Pero ahí no termina todo, porque sigue habiendo más responsables de hecho y de derecho con respecto a este caso, porque no podemos dejar pasar por alto que la Comisión de Lucha Libre Profesional de la Ciudad de México, envía a un comisionado y a un médico a las funciones que se llevan a cabo en la Arena México, y estos, también han incurrido en faltas, todo esto, con base al reglamento técnico.

CAPITULO XIV

SERVICIO MÉDICO

Artículo 80.- El MÉDICO examinará a todos los elementos que intervengan en la función y COMUNICARÁ al COMISIONADO en turno y al promotor si existiera algún impedimento médico para la participación de algún elemento.

Ya con estas bases, veamos los hechos: Mr. Niebla sube al ring en estado alcohólico, (lo cual no es de extrañarse, pues el luchador nunca ha negado que tiene un problema de alcoholismo), de acuerdo al dicho de quienes lo han sancionado.

Pero para subir, primero tuvo que pasar por el servicio médico y éste, o no le comunicó al comisionado la situación o si lo hizo, a ninguno de los dos les importó, y dejaron que el luchador subiera en ese estado, poniendo en riesgo no solo su integridad sino la de sus compañeros, haciendo además, que el espectáculo —ese por el que la gente pagó un boleto—terminara en una situación por demás vergonzosa.

Ya hay una sanción para el luchador, pero estaría bien que se hubiera sancionado a muchos que han hecho lo mismo o cosas peores. Cada quien es responsable de sus actos, y estos traen consecuencias. En el caso de Mr. Niebla, la sanción ya fue impuesta, pero se deja impune la actuación del personal de la Comisión, como lo es el médico y el comisionado en turno, además de que al Consejo Mundial de Lucha Libre, nunca se le ha sancionado en su carácter de promotor por este tipo de situaciones.

Un reglamento existe para ser seguido al pie de la letra, no para pasarlo por alto cuando les convenga a los encargados de hacerlo valer. Afortunadamente lo que sucedió en el ring no fue nada con consecuencias fatales; de lo contrario, muchos se hubieran lavado las manos o se hubieran inventado historias fantásticas de la condición del luchador.

No, ya basta: Las cosas deben cambiar y la actuación de la H. Comisión debe ser firme. Sin importarle de quien se trate, el que cometa una infracción, debe ser sancionado.

  • Si el médico en turno no hizo su trabajo, debe ser sancionado.
  • Si el comisionado no hizo su labor, debe ser sancionado.
  • Si la empresa no hizo su labor, debe ser sancionada. Así de fácil.

Hemos visto muchos casos de luchadores que no pueden ni siquiera estar en pie y que después alegan que algo les cayó mal, lo cual es burlarse de la inteligencia de quienes los vieron y pagaron un boleto para eso. Pero al otro día, otra vez, están sobre el ring como si nada. Ahora le tocó a Mr. Niebla, pero no solo él es el responsable de haber subido en ese estado a un ring, pues la Comisión, a través del médico y del comisionado, permitieron que esto fuera posible, contando con el apoyo del Consejo Mundial de Lucha Libre en su papel de promotor.

Estas son las cosas en las que debería trabajar la Comisión, porque entre más mano firme tengan, menores serán los riesgos que correrá un luchador, lo cual es benéfico para el espectáculo y no aleja al público, ése que hace posible que empresas como el Consejo Mundial de Lucha Libre existan y puedan realizar continuamente funciones. La ley no debe excluir a nadie, y hasta que la Comisión no haga lo correcto, nadie la podrá tomar en serio.

Si la autoridad no cumple su trabajo para que las cosas se hagan como se tienen que hacer, entonces, ¿de qué sirve que exista dicha autoridad?

Ojala se sancione a TODOS los responsables y sirva de ejemplo para las demás comisiones en cada uno de los estados de la República Mexicana.

Pero sobre todas las cosas, ojalá esto no haya sido planeado para así sacar al luchador del Consejo Mundial de Lucha Libre. Ya se saben de casos similares en los que a un luchador que quieren despedir y quieren evitar demandas laborales, les «convidan» drogas a través de terceros y al otro día les hacen el antidoping.

LA LUCHA SIGUE...
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6 comentarios en «La suspensión de Mr. Niebla: No solo a él deberían sancionarlo»

  1. Lamentable la situación. Me agradó el artículo, la postura que propone es la más sensata, pero dudo que se castigue a alguien más aparte del Rey del Guaguancó. La forma de proceder del CMLL no fue la que se espera de una empresa de talla mundial.

  2. Lamentable la situación. Me agradó el artículo, la postura que propone es la más sensata, pero dudo que se castigue a alguien más aparte del Rey del Guaguancó. La forma de proceder del CMLL no fue la que se espera de una empresa de talla mundial.

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